Resumen:
El Tratado Antártico, firmado en Washington el 1° de diciembre de 1959 por doce
Países, incluido Chile, junto con dedicar la Antártica exclusivamente a la investigación científica, “congela” el litigio sobre las reclamaciones territoriales, prohíbe que éstas se amplíen o que se hagan nuevas reclamaciones y elimina la posibilidad de controversias, al salvaguardar todas las posiciones jurídicas. Para los efectos de la cooperación científica y la protección ambiental ha instituido un sistema de “administración” del continente mediante decisiones de consenso. En torno al Tratado se ha desarrollado un sistema armónico de convenciones, medidas, decisiones y resoluciones que, en su conjunto, es conocido como el “Sistema Antártico”. Impera un régimen de desmilitarización y desnuclearización, inspecciones de todos los espacios, obligación de evaluar los impactos y planificar las acciones, un mercado común para el conocimiento científico y técnico, y se designa a la Antártica como reserva natural destinada a la paz y la ciencia.